Principio de control legal
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Comprende la verificación del cumplimiento de la normativa legal aplicable a cada proceso y en cada fase de la contratación.
Es la verificación y análisis profesional y selectivo de evidencias, efectuado con posterioridad a la gestión de los actos y contratos, con el objeto de determinar: i) La razonabilidad de la información; ii) El cumplimiento de los procedimientos; iii) La justificación y motivación de la necesidad de las contrataciones; iv) La capacidad o habilidad para contratar; v) la existencia o no de causales de nulidad; vi) El cumplimiento o no de los principios de: legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica, oportunidad, concurrencia, transparencia, publicidad y participación en la ejecución de obras, adquisición de bienes y prestación de servicios, incluido los de consultaría; y, vii)El cumplimiento o no de las disposiciones contenidas en las normas de contratación del sector público, comprendido los sectores estratégicos, ambientales, empresas públicas, filiales y subsidiarias.
Principio Técnico
Políticas Administrativas de Contratación Especial y Pública, Art. 1, 2011.
Registro Oficial No. 460 del 18 de mayo de 2011.