Principio de concurrencia
- Detalles
- Categoría: Principios
- Visto: 690
No podrán participar en el proceso funcionarios que tengan conflicto de interés con los prestadores o con los propietarios/autoridades de los establecimientos. Para garantizar la aplicación de este principio, los funcionarios firmarán una declaración de no incurrir en conflicto de
interés.
Principio Técnico
Procedimiento de Evaluación y Adquisición de Servicios de Salud, .NUM. VIII, 2015.
Registro Oficial Edición Especial No. 439 del 31 de diciembre de 2015.