Principio de credibilidad
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El proceso selectivo se ajustará a la observancia de políticas, normas, procedimientos, métodos y técnicas preestablecidas que den confianza y seguridad en su aplicación, obtención y verificación de resultados.
Principio Técnico
Reglamento General a la Ley Orgánica de Servicio Público, Art. 177, 2011
Registro Oficial Suplemento No. 418 del 01 de abril de 2011